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Desde mi escaño

Guía práctica de trámites a realizar cuando nace un bebé

El nacimiento de un niño siempre lleva aparejado una serie de trámites ineludibles. Las redes están llenas de páginas donde le darán información más que detallada, a veces excesiva y hasta en ocasiones desactualizada. En este breve artículo les detallaré los trámites que tanto mi pareja como yo hemos tenido que afrontar para realizar todas las gestiones que conlleva la llegada al mundo de un bebé. No se dejen amilanar por aquellos que les dirán que es una montaña de papeleo lo que tienen por delante. Es mucho más sencillo.

El primer paso, a la par que esencial para el resto de trámites, es acudir al Registro Civil para la obtención del imprescindible Libro de Familia que le van a solicitar en el resto de paso. Al salir del hospital hay que acudir al Registro Civil con el DNI de los padres y el Libro de Familia si estamos casados o tenemos otro hijo. También hay que llevar el parte médico de alumbramiento que nos tiene que proporcionar el hospital donde tuvo lugar. Debe hacerse entre las 24 horas del nacimiento y los 8 días naturales. Hay que tener en cuenta que si los padres no están casados, deben acudir ambos al Registro Civil, algo que no es necesario en caso de que haya matrimonio.

Una vez cumplimentada esa primera fase, toca acudir a la empresa o a la oficina de empleo (si se está cobrando prestación) para que emitan un certificado. Las madres trabajadoras tienen que llevar a la empresa el informe de maternidad expedido por el facultativo del Servicio Público de Salud que atienda a la trabajadora. La empresa, asimismo, le debe entregar un certificado que tendrá que presentar en la oficina de la Seguridad Social en la que solicite la prestación por maternidad y que incluye un total de 16 semanas. En el caso de desempleada cobrando la prestación, debe acudir al INEM para parar esa ayuda mientras se cobra la prestación por maternidad.

Para la solicitud de la prestación por paternidad, el padre tendrá que solicitar también el certificado de empresa y entregar el parte médico de alumbramiento para beneficiarse de los 15 días de permiso por paternidad. No obstante, los certificados de empresa suelen emitirse directamente a la Seguridad Social.

Una vez cumplimentados estos dos pasos, hay que ir a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social. Se puede pedir cita previa a través de Internet en www.seg-social.es o en el teléfono 901 10 65 70 para dar de alta al recién nacido como beneficiario de la cartilla del padre o la madre para tener derecho a la asistencia sanitaria.

En esta visita, los padres podrán solicitar la prestación por maternidad, la de paternidad o ambas. Es necesario llevar el DNI, el certificado que nos haya dado la empresa, el informe de maternidad y el Libro de Familia con el niño/a ya inscrito. Una buena idea es que alguien se pase antes por el CAISS para recoger los formularios que hay que rellenar o descargarlos en la propia web de la Seguridad Social.

Finalmente, el cuarto paso. Realizada la inscripción del niño en el Instituto Nacional de la Seguridad Social hay que dirigirse al centro de salud que corresponda a la familia para tramitar su tarjeta sanitaria y que se le asigne un pediatra. Hay que aportar los documentos recabados en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, el certificado de empadronamiento del bebé, original y fotocopia del DNI y tarjeta sanitaria del progenitor al que se haya asociado al bebé.

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